| Resolución 111/2009 |
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POR ELLO, dictamen del Sector Jurídica nº 052/09 obrante a fs. 131 y facultades conferidas; EL SEÑOR SUBSECRETARIO DE RECURSOS HIDRICOS RESUELVE : Artículo 1º.- FIJAR para el pago de las tasas en concepto de Derecho de Descarga de Líquidos Residuales correspondientes al año 2009 el Coeficiente Anual en PESO UNO CON OCHENTA ($ 1,80).- Artículo 2º.- ESTABLECER las fechas de vencimiento de dichas tasas de la siguiente manera: Primer Semestre Primer vencimiento: 01 de abril de 2009 Artículo 3º.- A los efectos de establecer los gastos de movilidad que deberán abonar los Establecimientos ubicados a una distancia superior a los 20 km. del radio Capital de la ciudad de Córdoba de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 9.33 del Decreto nº 415/99, se entenderá que se realizan 10 km. cada litro de combustible. Artículo 4º.- A los efectos de establecer los gastos en concepto de viáticos que deberán abonar los Establecimientos ubicados a una distancia superior a los 20 km. del radio Capital de la ciudad de Córdoba de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 9.33 del Decreto nº 415/99, se entenderá los que correspondan a la Subsecretaría de Recursos Hídricos dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos. Artículo 5º.-PROTOCOLICESE. Publíquese en el Boletín Oficial. Pase al Sector Recaudaciones a sus efectos y archívese.- Ing. Jorge A. Abdel Masih |